Criptoactivos: políticas contables adoptadas en latinoamérica a través de una visión comparada
Resumo
Objetivo: El objetivo de este trabajo consistió en analizar el tratamiento de los Criptoactivos (en adelante, CA) desde la perspectiva contable;
Método: Se dispuso de un estudio documental, descriptivo y de análisis comparativo de las normas de contabilidad orientadas a la registración de los CA y los pronunciamientos de los organismos emisores, así como el parecer de la doctrina en relación al documento emitido por el Comité de Interpretaciones del IASB.
Limitación del alcance: En virtud de la diversidad de los CA y las limitaciones inherentes a la dimensión del presente, el enfoque ha sido aquellos que fungen como medio de pagos, tales como el Bitcoin, Ether, Litecoin y otros.
Justificación: La justificativa está dada por la ausencia de una normativa específica por parte del International Accounting Standards Board (En adelante, IASB), lo que supone un reto para los registradores contables en cuanto a la elección de la política a ser aplicada para que resulte en información relevante y confiable.
Hallazgos: Se ha constatado que en virtud del uso recurrente de este nuevo medio de pago algunos Estados salieron al paso y emitieron normativas internas o interpretaciones, resúltese como principal hallazgo de este trabajo el criterio acentuado de los organismos y de la doctrina por el reconocimiento de acuerdo a la finalidad del ente, y de cómo la normativa mexicana y venezolana se halla alienada a la interpretación del Consejo de Interpretación de las Normas de Información Financiera (en adelante, CINIIF)(hallazgos), no obstante las lagunas persisten, lo que amerita que el IASB vuelva a incluir en su agenda, así como un mayor ahínco por parte de los organismos unilaterales y de la academia en busca de ampliar el debate para dar con soluciones plausibles.
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Referências
Castillo Medina, M. A., Vega Zarate, C., & Murcia López, L. (2021). La necesidad de la regulación contable, legal y fiscal del Bitcoin en México, un tema de actualidad. Horizontes de La Contaduría En Las Ciencias Sociales, 13, 127–149. Disponible en: https://doi.org/10.25009/hccs.v0i13.33.
Cediel, A., & Pérez Pombo, E. (2020). Fiscalidad de las criptomonedas. Barcelona: Atelier.
Cóccaro, A. N. A. M. (2021). Implicancias contables de las criptomonedas. Cuestionar Revista de Ciencias Económicas y Sociales, 1, 7–12. Disponible en: https://revistas.ucalp.edu.ar/index.php/cuestionar/article/view/152.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP). (2018). Concepto 2018-472. Disponible en: https://www.ctcp.gov.co/CMSPages/GetFile.aspx?guid=a201b2c9-5807-45b0-aeb6-35cacd43a864.
C.M.E. Group. (s.f.). Recuperado el 25 de Jun. de 2022, Disponible en: https://www.cmegroup.com/markets/cryptocurrencies/bitcoin/bitcoin.volume.html.
Comité de Pronunciamentos Contábeis. (2005). Recuperado el 25 de jun. de 2022, Disponible en: http://www.cpc.org.br/CPC/Documentos-Emitidos/Pronunciamentos.
Delgado, M. D. (2021). Criptoactivos: Tratamiento Legal, Impositivo, Contable y de Auditoria en Argentina. Universidad Nacional de Córdoba. Disponible en: https://www.unc.edu.ar/.
España. (2007). Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad. Boletín Oficial Del Estado, Supl. 278, 20 de noviembre, 1–270. Disponible en: https://www.boe.es/boe/dias/2007/11/20/pdfs/C00001-00152.pdf.
Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas. (1987). Resolución Técnica No 9. Disponible en: https://sfap.facpce.org.ar/normasweb/documentos/622.pdf.
Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE). (2005). Resolución Técnica Facpce N o 16. Disponible en: https://consejo.org.ar/storage/attachments/RT_FACPCE_N16.pdf-k5bsVBujOb.pdf.
Feitosa, A. L. O., Silva, A. M. G., & Dantas, C. F. (2020). Bitcoins: a moeda virtual sob a perspectiva contábil. Revista Brasileira de Administração Científica, 11(2), 172–189. Disponible en: https://doi.org/10.6008/cbpc2179-684x.2020.002.0012.
Goenaga, A., Gutiérrez, N., Bauer, G., & Bonifazi, M. (2021). Alternativas de reconocimiento contable de las criptomonedas. Revista CEA, V, 28–49.
Hernández Melo, E. (2020). Análisis de la NIF C- 22 Criptomonedas parte I. Instituto Mexicano de Contadores Públicos.
Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC). (2019). Consulta 4, Sobre el tratamiento contable de la emisión de criptomoneda. Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. http://www.icac.gob.es .
Martins Antunes, V. (2019). Criptomoedas: Principais Práticas Contábeis Aplicáveis. Universidade Federal do Rio de Janeiro. Disponible en: https://pantheon.ufrj.br/handle/11422/11793.
Parrondo Tort, L. (2018). Contabilización de las criptomonedas como medio de pago en la compraventa de bienes o servicios. Asociación Catalana de Comptabilitat i Direcció.
Pereira Lima et al. (2019). Uma Análise sobre o reconhecimento contábil dos Bitcoins no Brasil. 3º Congresso UFU de Contabilidade Universidade Federal de Uberlândia. 1–14. Disponible en: https://eventos.ufu.br/sites/eventos.ufu.br/files/documentos/060_artigo_completo.pdf.
Pérez Carasa, Í. E. (2020). Tratamiento contable de las criptodivisas y su impacto en el impuesto sobre sociedades. Cuaderno de Derecho y Comercio, 74, 89–158.
Pérez Cervantes, F. (2019). NIF C-22 Criptomonedas. México. Disponible en: https://es.scribd.com/document/559113192/NIF-C-22 .
Pérez Mejia, C. F. (2021). Tratamiento contable de las opciones. Universidad Autónoma de México (No. 749; Consultorio Fiscal). Disponible en: https://www.contadoresmexico.org.mx/.
Pérez Pombo, E. (2022). Hacienda pública su propuesta para el Modelo 721: Cómo declarar las criptomonedas en el extranjero. Cinco Días. Disponible en: https://cincodias.elpais.com/cincodias/2022/06/28/economia/1656440693_263042.html.
Rodríguez Martínez, C. A. (2021). Criptomonedas – Norma de Información Financiera (NIF C-22). Pérez Góngora y Asociados. Disponible en: https://www.perezgongora.com/criptomonedas-norma-de-informacion-financiera-nif-c-22/.
Statista. (2022). Porcentaje de población que tiene o utiliza criptomonedas en países seleccionados de América Latina en 2021. Statista. Disponible en: https://es.statista.com/estadisticas/1267480/tasa-de-adopcion-de-monedas-digitales-en-america-latina-y-el-caribe-por-pais/.
Schmidt, P.; Santos, J. L.; Fernandes, L. A. Ativos intangíveis nas normas internacionais – IASB. IX Convenção de Contabilidade do Rio Grande do Sul, Gramado,2003.
Venezuela, F. de C. de C. P. de la R. B. de. (2020). Ba Ven-Nif N ° 12 Versión N ° 0 “Tenencia De Criptoactivos Propios.” 0–15. Disponible en: https://www.ccpdistritocapital.org.ve/uploads/boletines/a4b2646c95e76c7dcc9580b8b510f0d4c50859a2.pdf.
Venter, H. (2016). Digital currency – A case for standard setting activity. A perspective by the Australian Accounting Standards Board (AASB). Australian Accounting Standards Board. Disponible en: https://www.aasb.gov.au/admin/file/content102/c3/AASB_ASAF_DigitalCurrency.pdf.
Zocaro, M. T. (2020). Una aproximación al tratamiento contable de las criptomonedas en Argentina. In U. N. de la P. Argentina (Ed.), 26º Encuentro Nacional de Investigadores Universitarios del Área Contable (Vol. 21, Nº 1, pp. 1–9). Disponible en: http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/111501.
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